martes, 15 de noviembre de 2011

GUÍA Y RECOMENDACION

Le informo a mis blogueros, que las quejas por acoso laboral, cuando trabajamos en una empresa privada se realizan ante los inspectores y jueces de trabajo, y cuando  trabajamos en empresas públicas se realizan ante la procuraduría general de la nación.
Es importante tener en cuenta que las quejas por acoso laboral se deben realizar antes de ser despedidos, ya que es difícil demostrar que se renuncio o fue retirado por acoso, además que las empresas pueden manipular la información para decir que el retiro fue por circunstancias violatorias de los reglamentos internos de trabajo.

Por hoy para terminar este comentario según la ley 1010 de 2006, tengamos en cuenta que tan solo un acto puede catalogarse como acoso laboral; adicional les recomiendo que utilicemos la tecnología existente, es decir, utilicemos las grabadoras digitales de nuestros celulares, o podemos adquirir una grabadora profesional, pero si no contamos con presupuestos para alguno de las anteriores les recomiendo un mp3, mp4 o un mp5, que tienen un costo a partir de los $20.000 y son fáciles de camuflar, además que pueden llegar a grabar hasta 8 horas continuas , lo que nos da tiempo suficiente para grabar cualquier situación que se presente ante un acoso laboral, o cuándo seamos llamados  a la oficina del superior cuándo quiera hacerlo en privado;  incluso existen grabadoras de video que se camuflan fácilmente que vienen en forma de bolígrafo y su precio es económico.
GRACIAS POR SU PARTICIPACIÓN.

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